sábado, 28 de noviembre de 2009

Es importante recordar las condiciones de aceptabilidad de argumentos en una acciòn discursiva, las que producen el consenso comunicativo: análisis de la semántica formal, paso de la semántica referencial a la semántica de modelos. Todas estas condiciones ligadas a una racionalidad procedimental, la que se da gracias a la acción de agentes. En ese sentido Habermas señala que: "la compresión de una oración implica la capacidad de reconocer las razones que pueden satisfacer la pretensión de que sus condiciones de verdad se cumplen,"comprender una aserción es saber cuándo un locutor tiene buenas razones para asumir la garantía de que las condiciones de verdad de la proposición afirmada se cumplen, así comprendemos un acto de habla cuando sabemos qué es lo que le hace aceptable".

Esas condiciones de aceptabilidad son la buena formación de la expresión, el contexto requerido para su uso y las "condiciones esenciales por las cuales el oyente puede ser motivado a un posicionamiento afirmativo. Estas condiciones de aceptabilidad en sentido estricto se refieren a la fuerza ilocucionaria que el locutor expresa". Las condiciones de aceptación son así las condiciones del consenso. A diferencia de una mera pretensión de fuerza, las pretensiones de validez están "internamente relacionadas con razones". Así la aceptación del locutor tiene una motivación racional proveniente de que ofrece la garantía de poder dar razones, motivando el consenso. El acto ilocucionario como acto orientado a la concertación se termina en el consenso, en la aceptación por el oyente de las pretensiones de validez propuestas por el locutor. Por tanto, hablar es tanto como plantear una cuestión de validez, de verdad, y comprender es posicionarse ante esta pretensión de validez del locutor.

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